- El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco declara nulo el despido de una empleada que pidió su nómina por un grupo de chat.
- La justicia gallega rechaza indemnizar a una trabajadora despedida por mensaje al considerar que su relación era de carácter familiar.
- Enviar audios con críticas o insultos por error a un grupo de empresa no siempre es motivo de cese disciplinario si no hay intención de ofender.
- La cercanía temporal entre una reclamación por mensajería y la carta de despido suele ser clave para los jueces.

WhatsApp se ha metido de lleno en el día a día de cualquier currele en España, sirviendo tanto para organizar turnos como para soltar alguna queja sobre el jefe en el grupo de confianza. Sin embargo, lo que escribimos en la pantalla puede acabar convirtiéndose en la prueba estrella de un juicio laboral, ya que la línea entre lo privado y lo profesional se ha vuelto extremadamente fina en los últimos tiempos.
Esta herramienta de mensajería instantánea ha traído consigo un montón de líos jurídicos que antes ni nos imaginábamos, obligando a los magistrados a analizar con lupa desde audios enviados por error hasta reclamaciones de sueldo hechas por el móvil. Hoy en día, la forma en la que una empresa reacciona a un mensaje puede determinar si un despido es nulo, improcedente o si simplemente se queda en nada.
La nulidad por reclamar la nómina en el grupo de trabajo

Recientemente, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha dado un golpe sobre la mesa al confirmar que no se puede echar a alguien solo por pedir sus derechos a través de un chat. El caso afecta a una camarera de un local de Bilbao que, tras solicitar su hoja de salario de agosto por el grupo de la empresa, recibió a los pocos días una carta de despido disciplinario. Los jueces han visto claro que existía una relación directa entre pedir el dinero y que la pusieran de patitas en la calle.
Aunque el dueño del negocio intentó defenderse diciendo que todo era una maniobra orquestada y que la empleada trataba mal a la clientela, la justicia no se lo ha tragado. La sentencia destaca que la empresa borró mensajes donde supuestamente se insultaba a la trabajadora tras su petición. Por todo ello, el local tendrá que readmitirla y pagarle una indemnización de 7.500 euros por daños morales, además de todos los sueldos que ha dejado de cobrar desde que se lió el conflicto.
Cuando el amor y el trabajo se mezclan en el móvil
En Vigo ha ocurrido un caso bastante diferente que pone el foco en las relaciones personales dentro de las sociedades. Un administrador de una empresa de desinfección decidió cortar por lo sano con su pareja, que también trabajaba como oficinista en la compañía, enviándole un WhatsApp para decirle que entregara las llaves y no volviera más. A pesar de que ella reclamó más de 13.000 euros por despido improcedente, el juzgado ha terminado dándole la razón al empresario.
La clave aquí no fue el mensaje en sí, sino el tipo de vínculo que tenían. Resulta que la mujer tenía poderes notariales, no tenía horarios fijos y manejaba las cuentas a su antojo, lo que llevó al juez a considerar que se trataba de un trabajo de carácter familiar y no de una relación laboral estándar. Al no existir ese contrato laboral típico, la justicia social se lavó las manos y dejó a la mujer sin la indemnización que pedía tras la ruptura sentimental y profesional.
El peligro de enviar audios por error al grupo de la oficina
Otro escenario que se repite más de lo que pensamos es el de los patinazos tecnológicos, como el de un trabajador veterano que envió por error un audio al grupo de la empresa criticando duramente a una compañera. Aunque la dirección intentó usar esto para un despido disciplinario fulminante, los tribunales han recordado que no se puede despedir a alguien por un comentario privado que llega a oídos de otros de forma accidental.
Los abogados laboralistas insisten en que para que un insulto por WhatsApp sea motivo de cese, debe haber una intención clara de humillar o de dañar el clima laboral. Si el mensaje era para un amigo y acaba en el grupo del curro por un descuido, se considera que no hay ánimo de injuriar, por muy feo que sea el contenido. En estos casos, la libertad de expresión y el derecho a la intimidad suelen pesar más que el enfado de la empresa, siempre que la conducta no sea algo recurrente o una campaña de acoso.
Al final, queda claro que la tecnología es un arma de doble filo en el entorno de la oficina y que los jueces están cada vez más puestos en el tema para evitar abusos de poder. Tanto si eres jefe como si eres empleado, lo más inteligente es andarse con ojo con lo que se escribe y cómo se comunica, porque un pantallazo puede cambiarte la vida laboral en un abrir y cerrar de ojos.
Editor profesional de Tecnología y Software